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El poder judicial en la transición democrática de México.

 

Eduardo Soto Ruiz.

 

Licenciado en Sociología y profesor (México)


Hablar de democracia en nuestro país no es aún conveniente ni mucho menos correcto, pues la transformación política que ella implica es todavía un proyecto económico y social que compromete y responsabiliza a todos los mexicanos por igual. Lo que es un hecho es la alternancia política en el poder, limitada por cierto, promovida por el Partido Acción Nacional (PAN), después de la derrota electoral del PRI el 6 de julio de 1999. Sin embargo, a pesar de ello, la democracia en nuestro país no se ha podido consolidar debido a los demonios y residuos del régimen anterior que la naciente sociedad no ha podido superar.

En efecto, lo que vivimos los mexicanos después de esa fecha memorable, es una transición política pactada, limitada o como señalan los expertos una democracia imperfecta, pseudodemocracia mejor dicho. Ello se debe en gran medida a que los diferentes actores políticos encargados de la transición política (las clases, grupos y fuerzas político-sociales que constituyen la sociedad civil y el Estado), no se han puesto de acuerdo de manera pacifica en lo que conviene a todos los mexicanos para transitar por ese camino a la democracia.

La clase política y no política o empresarial, por ejemplo, que gobierna actualmente el país a diferencia de la clase gobernante de otros países de Europa y los Estados Unidos donde ya superaron esa fase de zozobra, tienen ciertos temores infundados que los han llevado a dudar de los beneficios que la democracia trae consigo como consecuencia de la transición política, razón o motivo por el cual no se han comprometido totalmente con el cambio democrático y dudo que lo hagan.

Es cierto, a la mayoría de los miembros de la sociedad civil mexicana se les ha olvidado, como señaló Alexis de Tocqueville en La democracia en América, que las ventajas de la democracia para la sociedad y sus instituciones políticas no se ven en lo inmediato, sino conforme el antiguo régimen se va transformando dando origen al nuevo, producto de la revolución democrática y de la lucha por los derechos de ciudadanía que gradualmente se van adquiriendo en beneficio de los ciudadanos libres e iguales que participan en dicho proceso.   

Ahora bien, antes de iniciar este ensayo acerca de la importancia del poder judicial en la transición y consolidación democrática de nuestro país, quisiera mencionar dos cosas y dejar claro el proceso que he seguido para explicar e interpretar desde mi punto de vista la realidad que atraviesa dicho poder en el contexto político que vivimos caracterizado por la “transparencia y la rendición de cuantas”.

Primero. El poder judicial es, junto con el poder ejecutivo y el poder legislativo, el poder que constituye la forma de gobierno que actualmente rige a los mexicanos en todo el territorio nacional plasmada en nuestra Constitución. La forma de gobierno es la república federal democrática o representativa,  forma de gobierno caracterizada por de la división de poderes. Segundo. Es conveniente antes de iniciar cualquier descripción al respecto, definir al poder como categoría política y social útil en la comprensión del fenómeno de la realidad democrática, y al poder judicial como concepto ordenador de sentido, es decir, poder de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuya administración, vigilancia y disciplina está a cargo del Consejo de la judicatura federal, el poder de los tribunales electorales, colegiados y de circuito encargados de hacer cumplir las leyes en todo el territorio nacional.

Así, una vez acordado estas premisas y como en estas materias lo ilógico resulta ser más eficaz que lo lógico, voy a permitirme comenzar al revés. Iniciare este ensayo con una definición mínima de poder político y de poder judicial desde el punto de vista de las dos disciplinas científicas que han tratado el tema: la Ciencia política y la Filosofía política. Con ello pretendo orientar, de manera sistemática, la discusión en torno al papel que juega actualmente el poder judicial en el proceso de transición y consolidación política de la democracia en nuestro país, sin olvidar el contexto nacional e internacional en el que se inscriben actualmente las prácticas discursivas y legales en las que participan los diferentes actores políticos responsables de este proceso: la sociedad civil, el Estado, los partidos políticos y el Congreso de la Unión.

En la coyuntura actual que viven los mexicanos y sus instituciones de justicia, se sabe de antemano que la transición y consolidación democrática no es asunto que competa sólo al poder judicial, sino a toda la sociedad y sus instituciones políticas y sociales, así como a los poderes legislativo y ejecutivo de los cuales el Estado es responsable. A estas alturas del partido, nadie por irresponsable que parezca puede sustraerse a ello.    

En ese sentido, quiero iniciar esta disertación señalando algunos principios políticos previos que sirvan para comprender los presupuestos teóricos del presente trabajo, lo cual será de utilidad en la medida que a partir de ellos se pueda contemplar mejor el panorama incierto de nuestra transición política. En todo caso, las intensiones de los diferentes actores políticos para concretar el objetivo son buenas, pero no suficientes. Desde mi punto de vista, es necesario que los diferentes sujetos interesados en el proceso de consolidación de nuestra democracia se involucren de manera honesta y responsable y que asuman el compromiso de trabajar juntos por la justicia en beneficio de la estabilidad política y social del país.

Ello se puede lograr a través de la coordinación de las diferentes comisiones de gobierno, encargadas de vigilar y garantizar el buen funcionamiento del proceso democrático y, las que resulten, de la exigencia y participación ciudadana de todos los mexicanos interesados en que nuestro país avance por el camino del diálogo y la justicia social, que son las divisas de la democracia anheladas por la mayoría. Sólo así el pueblo de México podrá encontrar la estabilidad y bienestar colectivos a los que tiene derecho, además del progreso, desarrollo y evolución política y económica obligado en la sociedad global  

 

Los principios político-jurídicos son los siguientes:

 

Primer principio o idea. El poder, antes que nada, es objeto político de la ciencia política, la sociología política y la filosofía política. Esto significa que, el poder es ciencia del gobierno y para la administración pública, es decir, poder del Estado. Es además, ciencia de la sociedad política y de la sociedad civil y, por último, ciencia y filosofía políticas de la mejor forma de gobierno u optima república. Lo anterior significa, que el poder político es poder de los ciudadanos en una república democrática.

Segundo. el poder político significa ejercicio del poder soberano del Estado, de la nación y del pueblo cuando la soberanía reside en él, de acuerdo con una constitución democrática,

Tercero. Desde siempre, por no decir casi siempre, el poder se ha ejercido de manera descendente: de arriba hacia abajo. Esto es, sin duda un hecho político, pues en la mayoría de las formas de gobierno y regímenes políticos que aparecen en la historia política de la sociedad, el poder se ha ejercido de manera directa sin intermediaciones.

Cuarto. Además de su verticalidad, el poder político pocas veces ha sido producto del consenso entre las partes en conflicto; casi siempre la arbitrariedad y el uso de la fuerza han sido los principios de su legitimidad, sobre todo en los regímenes antidemocráticos. Sólo en las democracias, o sea en las formas de gobierno donde el pueblo está políticamente representado, puede ser posible que el poder se ejerza de abajo hacia arriba en forma ascendente, puesto que así conviene a todos, pero también hay muchas excepciones y formas ambiguas de ello.           

            Quinto. En la democracia, el poder político significa búsqueda de consensos en los ámbitos del disenso o del desacuerdo y la violencia política; búsqueda de acuerdos políticos mínimos para orientar el diálogo fuente de inspiración de la democracia y de la convivencia pacifica en una sociedad libre y justa. Así, las discusiones políticas generadas en torno a los problemas u obstáculos que enfrenta la sociedad actual pueden fácilmente deliberarse en favor de los poderes que la representan y de la sociedad que los reclama para sí.. 

Sexto. En nuestra sociedad uno de los principales problemas que enfrenta la democracia, es la lucha por el poder político del Estado, el cual representa la garantía de un nuevo orden político y social conocido como pluralismo político, entendido como participación incluyente de todos los actores políticos involucrados en la transición y consolidación de la democracia, así como la posibilidad abierta en la toma de decisiones políticas que afectan los intereses del pueblo de manera colectiva y responsable.   

Séptimo. Bajo el espectro y mirada del poder político del Estado de derecho, la democracia aparece como una idea política fundamental, pues quien quiere el poder político en una democracia primero necesita tenerlo, después distribuirlo y, por último, fortalecerlo. Sólo así, la probabilidad de encontrar obediencia al mandato de los ciudadanos podrá ser un hecho real y garantía de estabilidad social. Esta tarea es de los ciudadanos más activos comprometidos con la sociedad y el Estado.

Octavo. Quien dice poder, dice voluntad, fuerza ímpetu, creación y producción infinita de lo diverso y plural que hay en los hombres, las sociedades, los pueblos, las naciones y los estados de todo el mundo. Más, el poder político, como hecho real, significa también dominación de unos hombres sobre otros.

Noveno. No pueden faltar en esta tipología del poder político, las relaciones públicas y privadas, es decir, las relaciones de poder que tienen que ver con los individuos y demás cuerpos y corporaciones que integran y/o constituyen al Estado y la sociedad civil, así como las formas de intercambio mutuos que se establecen entre ellos en beneficio de la sociedad democrática.

Décimo. Por último, el poder no es un mito, el mito del ESTADO como señaló Cassier, sino una realidad política en movimiento capaz de transformar la sociedad y sus instituciones políticas. Para ello es conveniente emprender la reforma integral del Estado y de todos sus órganos y aparatos, dentro de los cuales se encuentra el poder judicial.

 

            Ahora bien, ¿cómo trasladar tales principios e ideas al problema que nos ocupa? ¿Es posible que el poder judicial o, mejor dicho, quienes lo representan asuman el compromiso legal y moral de involucrarse de manera honesta y responsable en la transición y consolidación de la democracia en nuestro país?

            No pretendo en este espacio presentar una teoría del poder judicial, sino de comprender su utilidad en términos prácticos para dar solución a los problemas de injusticia y abuso de autoridad que más aquejan a nuestras instituciones sociales, como la familia y la escuela, por ejemplo. Nuestro país no puede quedarse a la zaga del subdesarrollo en el terreno de la justicia. Si bien es cierto, los problemas de esta índole en la sociedad global son cada día más difíciles de resolver, serán más complicados si no los enfrentamos con los recursos que la razón, el derecho y el buen juicio nos proporciona.

En ese sentido, para responder a dicha cuestión tomare en cuenta el segundo, cuarto, quinto, sexto y décimo principios señalados por las razones que más adelante expondré. ¿Por qué, cuáles son esas razones? Las razones son, sin duda, asuntos de Estado, pues como alguna vez sugirió Maquiavelo: “Allí donde se discute el destino de la república, la salud del Estado es lo principal”.

En efecto, lo que está detrás de esta polémica es la reforma del Estado de derecho, lo cual significa que el Estado democrático basado en el gobierno de las leyes es la garantía política y jurídica de dicho proceso.

Desde esa premisa, el poder judicial significa ejercicio del poder soberano del Estado, de la nación y del pueblo cuando la soberanía reside en él y de acuerdo con una constitución democrática. Éste es el punto de partida y el asiento más firme del poder judicial puesto que él mismo es la base del poder que tiene por función tripartita la procuración, la administración y la impartición de justicia, según la ley y el mandato constitucional que proporciona los medios y recursos técnico-políticos para el logro de sus objetivos específicos.

Así, de acuerdo con la idea anterior, el poder judicial resguarda el orden legal que es garantía del Estado de derecho pero, más allá de ello está el compromiso del Estado democrático por la impartición de justicia a todo el pueblo y a todos los grupos étnicos que se encuentran distribuidos en todo el territorio nacional sin distinciones ni preferencias de ningún tipo.

He ahí el punto de partida de los compromisos que debe asumir el poder judicial para hacer realidad la transición y consolidación de la democracia en nuestro país, amén de la transparencia en la información judicial y de los gastos realizados en el uso de sus funciones para atacar la corrupción y la impunidad que tradicionalmente permean su estructura. No obstante, ello no es suficiente sino se contemplan otros principios y si además, el poder ejecutivo y legislativo permanecen como hasta hoy indiferentes a lo que pasa en el interior de sus órganos y a las necesidades del pueblo. 

Continuando con la idea, además de su verticalidad, el poder judicial pocas veces ha sido producto del consenso entre las partes en conflicto. Casi siempre la arbitrariedad, la corrupción, el soborno, la impunidad y el uso de la fuerza, han sido las formas de su legitimidad, sobre todo en los regímenes antidemocráticos. Sólo en la democracia, es decir, en el gobierno donde el pueblo decide y está políticamente representado, puede ser posible que el poder judicial se ejerza de manera imparcial puesto que en ella el poder político significa búsqueda de acuerdos en el ámbito del disenso, de consensos mínimos para orientar el diálogo que es la fuente de la democracia y de la convivencia pacifica.

Las discusiones políticas generadas en el Estado de Yucatán, hace unos años por ejemplo, en torno a los problemas u obstáculos que enfrentó la procuración de justicia local por no resolver a tiempo, se convirtieron en conflictos entre el poder ejecutivo y el judicial del Estado, razón por la cual no se pudo deliberar en favor de la democracia, ya que los actores políticos de esa demarcación federal no se atendieron a lo que marca la ley constitucional del Congreso del Estado, además  el poder ejecutivo federal no respaldo ese hecho. 

Ese es uno de los problemas que enfrenta actualmente el poder judicial de la federación, razón por la cual la lucha por la justicia social se ha convertido en la bandera de la sociedad civil, expresión de la posibilidad de un nuevo orden político y social instituido conocido como pluralismo político. Éste, sin duda representa la garantía del cumplimiento de la ley y el orden constitucional por parte de todos los miembros de la sociedad civil, quienes a través del derecho civil reconocen de manera explícita sus responsabilidades y libertades públicas y privadas, los usos y costumbres de cada uno de las comunidades o grupos étnicos, así como los derechos y obligaciones de quienes aún no los tienen por razones políticas.

En la medida que se avance en la impartición de justicia de manera imparcial, real y expedita evitando el cohecho y el chantaje, el poder judicial estará a la altura de cualquier poder que enmienda la república. El poder judicial, por lo tanto, no es un mito el mito del ESTADO como señala Cassier, sino una realidad política en movimiento capaz de transformar la sociedad y transformarse asimismo en beneficio de la sociedad y las instituciones jurídicas que la integran.

No podemos, por tal motivo, dejar que los ciudadanos se hagan justicia por sus propias manos, puesto que ello mancharía la imagen institucional de la SCJN y de todos sus órganos y aparatos a nivel internacional, razón por la cual debemos escuchar y defender o, en su defecto, imponer la sanción que se merezca a quien no cumpla con el mandato constitucional. En nuestra constitución está la condición de mandato y obediencia a la LEY y el ORDEN sociales, pues si se atiende sólo al fuero y no a la razón de los ciudadanos, retornaremos al estado de naturaleza hobbsiano y entonces las consecuencias serán peores para todos sin excepción.

Señalo lo anterior porque en la mayoría de casos presentados a las autoridades de procuración de justicia de nuestro país: PGR, por ejemplo, en los casos de las mujeres asesinadas de Cd. Juárez, los desaparecidos y asesinados de Ayotzinapa, se pretende dar carpetazo y no se sanciona, reprime o castiga  a quienes cometieron abominables hechos dejando impunidad en las instituciones, peor aún, se persigue a quienes denuncian a los criminales porque no están de acuerdo con las resoluciones hechas por el poder judicial, reproduciendo con ello la arbitrariedad de la ley, la injusticia, la impunidad e ineficacia de las autoridades. 


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